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Residencia condicional
Usted obtiene el estatus de residente condicional si estuvo casado con un ciudadano americano o residente permanente por menos de dos años cuando le aprobaron la residencia a usted basado en el matrimonio. Bajo este estatus, su residencia se vence en dos años. No se olvide que las regulaciones requieren que usted y su cónyuge, presenten una solicitud para remover las condiciones en su residencia en los 90 días antes de vencerse su residencia. Esto si no ha incurrido en casos de violencia domestica o divorcio. Si usted no actúa según la ley, inmigración le puede anular su residencia, y hasta exponerlo a un proceso de deportación aun teniendo hijos Ciudadanos Americanos. La abogada Michelle C. Sánchez y su bufete le recomienda que si este es su caso, y si el USCIS (Inmigración) se esta demorando en emitir la decisión sobre su caso, aboguen por sus derechos y busquen ayuda legal. Recuérdele a Inmigración lo importante que es su estatus legal en Estados Unidos.
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